El
vocablo causa significa origen o fundamento de algo, razón para obrar.
En el orden jurídico la palabra causa puede entenderse desde dos
acepciones diferentes en cuanto al tema de los contratos (tratado en
Código Civil en Art. 499-500-501-502):
Causa
Fuente: es el origen o hecho jurídico generador de obligaciones
o de un acto jurídico.
Causa
Fin: es el propósito o finalidad perseguida por las partes al
llevar a cabo el acto o negocio jurídico.
El
problema de la causa gira en torno a la 'causa fin'. Ha habido
discrepancias y debates que aún permanecen activos acerca de si debía considerarse
a la causa fin como un elemento esencial de los actos jurídicos. Al
parecer por la redacción del Art. 944 del CC debería ser.
Para
quienes consideran que la causa fin no debe ser parte de los elementos
esenciales del acto jurídico expresan que ésta se confunde con su
objeto o con su consentimiento. Afirma esta postura que los elementos
esenciales del negocio son: sujeto, objeto y forma.
Pero
para quienes consideran que la causa fin es parte del negocio jurídico
distinguen:
El
objeto: como la materia sobre la cual versa el acto jurídico o
sea los hechos, las cosas y;
La
Causa: como la finalidad tenida en cuenta o en miras por las
partes al celebrar el negocio.
Teoría
de la Causa:
Causalismo:
Desarrollada por Domat. Sostenía que la causa fin era la razónabstracta perseguida por los contratantes. Esa causa fin era
siempre la misma en los contratos iguales. Así en los
contratos recíprocos la causa fin de una parte era la
contraprestación de la otra. Ej. en la compraventa la causa fin del
vendedor es recibir el precio y del comprador es recibir
la propiedad cosa. Decía también que en los contratos unilaterales
gratuitos la causa fin era la liberalidad perseguida o la intención
de beneficiar.
Anticausalismo:
Fue tesis de Ernst quien sostuvo que la posición casualista es
falsa y superflua porque la noción de causa fin se confunde con el
objeto en los contratos sinalagmáticos y en los gratuitos con el
consentimiento.
Neocausalismo: Esta
postura trata de macar diferencia entre las causa fin y el objeto
del contrato. Se establece que mientras el causa fin es el porqué
debo? el objeto indica el qué se debe?